SE VENDEN TERRENOS sobre una parcela de 1.273m2 y otra parcela de 398m2 según catastro (1.671 m2 totales) y según escrituras son 1.474 m2 en total.La tierra es para cultivo agrario y en ella existen varias construcciones: por una parte hay una construcción de 52m2 destinada a garaje. un trastero, un gallinero y un lavadero.En estos momentos se ha presentado al registro dichas construcciones para se inscriban.En las parcelas hay agua de riego. REGISTRO DE AGENTES DE INTERMEDIACION INMOBILIARIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA RAICV 1172 - APIVA ASOCIADO nº 0004.INMOBILIARIA CYR 2011 S.L. con CIF nº B98321979 y dirección fiscal: Gran via Ramón y Cajal nº 37 (46007) Valencia.La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin previo aviso.Los datos expuestos tienen carácter meramente orientativo.La superficie del inmueble son metros según catastro.El mobiliario, electrodomésticos, enseres y objetos de decoración no están incluidos en el precio.CLAÚSULA DE TRANSPARENCIA Y DESGLOSE DE GASTOS (LEY 10/2025):PRECIO DE VENTA: 40.000 € + GASTOS.El precio no incluye los siguientes gastos: Notaria, registro, gestoría, impuestos, gastos financieros ni gastos de gestión inmobiliaria.En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:•Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Valencia, sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.•Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.•Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en su Comunidad Autónoma, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd Comprometidos con tu ilusión
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