Oportunidad de inversión en El Born, junto al Parc de la Ciutadella Vivienda de diseño, completamente reformada con acabados de alta calidad, situada en una de las zonas más demandadas y con mayor proyección de Barcelona. Se distribuye en un luminoso salón-comedor exterior con balcón y cocina americana integrada, equipada con electrodomésticos panelados y de última generación (inducción, horno, campana extractora, nevera, lavavajillas y lavadora). Dispone además de un dormitorio doble con armario y un elegante baño con amplio plato de ducha tipo lluvia. La reforma ha sido integral, incluyendo la instalación eléctrica. Los suelos de parquet, los techos altos con volta catalana y vigas de madera aportan carácter y atractivo adicional a la vivienda. La propiedad genera una renta mensual de 1.031 €, lo que supone una rentabilidad neta del 3,7%. Se trata de una inversión segura en un activo de calidad, con gran demanda tanto de alquiler como de revalorización futura. El contrato termina el 7 de marzo de 2027. Excelente ubicación, junto al Passeig de Lluís Companys y el Parc de la Ciutadella, y perfectamente comunicada mediante metro y Renfe “Arc de Triomf”.ÇLocalización de inmuebles – El BornEstado del inmueble - BuenoSuperficie útil - 46m2, Según CatastroSuperficie construida - 51m2, Según CatastroCertificada eficiencia energética - 598KYX*** / F - 237 KW y E - 42 kgCedula: CHB04988718*** / Valido hasta 29-10-2033Catastro: 1524519DF3812D00****Condicion de Gran tenedor: NOTensionada. - Aicat 1468 API 3045. El precio no incluye los impuestos, ni gastos de notaría, registro y gestoría. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR: En el caso de IVA:- Al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP:- Sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARÍA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).
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