0878. Esta nave se encuentra haciendo esquina en el centro del pueblo, con una fachada de 45 metros entre ambos lados y que por su ubicación y disposición tiene muchas posibilidades.~~Se puede segregar en dos partes, haciendo en cada una de ellas dos viviendas y obteniendo por tanto un total de 4 unidades de vivienda.~~También debido a su situación podría ser interesante hacer en una de las partes 2 viviendas y la otra dejarla como nave para cualquier tipo de negocio ya que cuenta con muchísima fachada, lo que daría una gran visibilidad de cara al público.~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan estimados o con posibilidad de calcularlos a continuación; los gastos más ajustados serán dados en el D.I.A. en la visita a inmuebles, o antes.~~*Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Enlace: (notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/)~*Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior~*Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa a 363 € aprox. (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad.~*Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.~*Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente.~*Si necesita Financiación, su banco le informará~*Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucia. enlace: (juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html).. Visítanos en Todopisos.
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